
German Castelli, Leopoldo Bruglia y Juan Pablo Bertuzzi se convirtieron en los primeros tres jueces que piden al Consejo de la Magistratura que “detenga y archive el atropello constitucional” iniciado por la
propuesta de Gobierno de revisar 38 trasladados de magistrados. En general, consideran que la jugada K “atenta” contra las garantías constitucionales de la inamovilidad de los jueces, los derechos adquiridos y la prohibición de aplicar criterios retroactivos. Castelli es juez del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 7 que juzga a Cristina Kirchner en la causa de los Cuadernos de las Coimas, entre otras causas que preocupan a los K. Y Bruglia y Bertuzzi son los que confirmaron el procesamiento de la vicepresidenta en esa causa emblemática.
En un escrito de 40 páginas al que accedió Clarín, Castelli –que fue uno de los jueces que condenó los crímenes de la ESMA- criticó duramente la actuación del representante de los magistrados, Alberto Lugones, y ya recurrió a la ONU para defender su condición de juez natural del TOF 7 desde hace más de dos años. Además, citó como precedente trasladados de jueces de jurisdicciones dictados por Cristina cuando era presidenta. Bruglia y Bertuzzi también presentaron sus propios escritos con argumentos parecidos.
Su presentación es clave con vistas a que mañana la comisión de Selección de la Magistratura, que presidente la diputada lavagnista Graciela Camaño, decidirá, tras la polémica de la semana pasada, si acepta revisar esos traslados pedidos por el representante del Gobierno.
Castelli recordó que dos años antes de asumir como juez federal, en junio de 2000, el Consejo de la Magistratura aprobó, mediante resolución 155/2000 el primer “Reglamento de Traslado de Jueces”. Su considerando 4° estipula que es necesario “la vacante a la que se solicita el traslado corresponda a la misma jurisdicción y tenga la misma competencia en materia y grado que el cargo que el juez ocupa. Este requisito no será exigido cuando el interesado haya obtenido un anterior acuerdo del Senado de la Nación para desempeñar la función a la que pide su pase”.
Luego en el 2019, a instancia del juez, Alberto Lugones, el plenario del Consejo modificó el “Reglamento de Traslado de Jueces”, bajo resolución 270/19. La nueva normativa exigía una mayoría calificada de las 2/3 del total de los presentes en el plenario del consejo y, conforme a lo que eventualmente se interprete, el acuerdo del Senado.
En su carrera, Caselli ganó un concurso y obtuvo el acuerdo del Senado en el 2002 para juez del tribunal oral federal de San Martín y en el 2018, de acuerdo al primer reglamento de la Magistratura, se aprobó en la Magistratura su traslado al TOF 7.
Sin embargo, ese primer reglamento “legal y constitucional, repentinamente mutó a ilegal e inconstitucional”, cuando el representante del Poder Ejecutivo, Gerónimo Ustarroz, afirmó que el traslado de Castelli fue ilegal. El consejero kirchnerista planteó así el caso: “Castelli concursó para ser juez federal de San Martín y no cuenta con acuerdo del Senado para desempeñarse como juez federal en la jurisdicción de la Capital Federal (Distinta jurisdicción).” Castelli se quejó fundamentalmente porque el kirchnerismo le quiere aplicar un reglamento que data del año 2019 cuando ya llevaba un año trabajando en el TOF 7.
En uno de los concursos que Castelli se presentó, el número 205, ingresó tras rendir exámenes a la terna de candidatos, en segundo lugar, para ocupar una de las tres vacantes entonces existentes en los Tribunales Orales en lo Criminal Federal N° 2, 3 y 5 de San Martín. En el año 2012, Castelli realizó su primera solicitud de traslado a un Tribunal Oral Criminal Federal de la Capital Federal, el cual “no encontró objeción de la Cámara Federal de Casación Penal y dio lugar a la formación del Expediente N° 110/2012 de la Comisión de Selección”.
Castelli, más adelante, trazó un paralelismo entre su caso y el del miembro de la sala I de la Cámara Federal Juan Pablo Bertuzzi a quien la ex presidenta Cristina Kirchner, a través del decreto 438/2010, autorizó su mudanza desde un tribunal oral de La Plata hasta uno de la capital mediante Decreto Nº 2040 de fecha 26 de noviembre de 2008.
En los considerandos, Cristina dice que que la mencionada petición fue analizada por el Consejo de la Magistratura en su sesión plenaria de fecha 18 de marzo de 2010, en el marco del “Reglamento de Traslado de Jueces”. La Resolución Nº 155 del 28 de junio de 2000, emanada de dicho órgano constitucional “consideró conveniente el traslado referido para lograr una más eficaz prestación del servicio de justicia”. Y, en base a ello, se dispuso: “Trasládase, a partir del 1º de abril de 2010, del TOF 1de La Plata al TOF 4 de la Capital Federal al señor doctor Pablo Daniel Bertuzzi.”
En su caso, Castelli contó que el 5 de julio de 2018 pidió al entonces presidente del Consejo se recomiende al Poder Ejecutivo Nacional “mi traslado al Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 7, una vez que se concretara el nombramiento de Guillermo Yacobucci como vocal en la Cámara Federal de Casación Penal que se encontraba en pleno proceso de designación”.
El Consejo de la Magistratura de la Nación “actuó de igual manera pese al largo espacio de tiempo transcurrido –8 años- y, mucho más, cuando también se aprecia que dos gobiernos de signos políticos distintos – Fernández de Kirchner y Macri-, actuaron en ese largo tiempo de igual modo; lo que hace indisputable que luego de la publicidad de los distintos actos administrativos, operaran los efectos jurídicos relativos al juez natural, en el nuevo destino al que la ciudadanía informada podía acudir para la resolución de sus conflictos”, resaltó Castelli.
Luego, Castelli sostuvo que las acordadas 4/2018 y 7/2018 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, “respaldan decisivamente la legalidad del procedimiento de traslado del suscripto”.
La primera de ellas concernía a la habilitación de “un nuevo tribunal oral criminal federal integrado totalmente con magistrados que fueron oportunamente designados para desempeñarse en la justicia criminal ordinaria, cumpliendo funciones institucionalmente diversas a las propias de la competencia federal”, en alusión al TOF 7.
En ese sentido, hay varios fallos de la Corte al respecto. Castelli citó el precedente “Del Valle Puppo”, que representaba el caso de un juez designado, con acuerdo del Senado, para ser juez de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo y que sin llegar a asumir en ese cargo fue nombrado por decreto en la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial. Este mecanismo del traslado de un juez federal, si bien excepcional, no es nuevo en nuestro funcionamiento constitucional, y ha sido avalado por la misma CSJN, antes y después de la reforma de 1994.
Castelli o concursó para la justicia de San Martín y simultáneamente, concursó también para integrar los tribunales orales en lo criminal federal de Capital Federal y quedó en cuarto lugar.
Mientras, durante ese tiempo Castelli estuvo cumpliendo funciones en el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 5 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -donde casualmente se encontraba una de las vacantes-, realizando uno de los juicios emblemáticos de la historia judicial Argentina: el denominado juicio de la ESMA y por eso fue condecorado por el Senado.
Advirtió, con estupor, “la inclusión de mi nombre en la lista” de los 38, refrendada por Lugones “tratándose de un magistrado, que ha pasado por alto los principios generales del Derecho, como son la irretroactividad de la ley y el respeto a las situaciones jurídicas consolidadas, o, dicho de otro modo, la no alteración de derechos adquiridos”.
Le llamó la atención respecto a la postura de Lugones, “que esté contribuyendo a poner en jaque nada menos que los principios fundamentales de la judicatura, de la que, no olvidemos, también forma parte el señor consejero (Lugones), que ni siquiera requirió licencia en sus funciones jurisdiccionales para actuar de este modo abusivo en perjuicio de sus pares”.
“Me avergüenza profundamente haber recibido a Lugones en mi despacho, luego del brutal ataque incendiario contra el Tribunal Oral Federal N° 3 de San Martín, en plena democracia, ocurrido aquel 13 de octubre de 2016, que aún no arrojó sospechosos, pese a la pesquisa y recompensa ofrecida entonces por el Poder Ejecutivo para dar con sus autores materiales e intelectuales”, agregó. “Indudablemente, el mérito de la reforma (de Lugones) de 2019, pierde todo valor e importancia frente a los desaguisados constitucionales, que, por provenir del estamento de los jueces, propicia un mayor desprestigio al Poder Judicial”, finalizó Castelli.
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