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El Banco Central flexibilizó el acceso de empresas al mercado oficial de dólares

Redacción TN by Redacción TN
11 junio, 2020
in Economia
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El Banco Central flexibilizó y simplificó el acceso al mercado de oficial cambio a sectores productivos. Fue la derivación de los reclamos que se presentaron al organismo monetario, desde distintos sectores,

tras la puesta en vigencia de la circular A 7030, que virtualmente había sacado del acceso al mercado cambiario a empresas que tuvieran dólares, ya sea en el sistema local o en cuentas en el exterior. Lo mismo que a quienes habían realizado compra o venta de dólares en el mercado bursátil.

Según expresaron esta tarde fuentes del BCRA, las modificaciones se hicieron “atendiendo las condiciones comerciales habituales que transmitieron directivos de empresas y cámaras sectoriales como parte de las condiciones establecidas en la circular A7030”.

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En concreto, el directorio del BCRA elevó de UD$ 250.000 a US$ 1 millón el acceso directo al Mercado Libre y Único de Cambio (MULC) para la realización de pagos anticipados de importaciones. “Esta medida tiene un claro sentido de facilitar las importaciones a pymes”, dijeron fuentes del Central.

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Además, quedarán fuera del concepto de Formación de Activos Externos líquidos un saldo de libre disponibilidad por US$ 100.000 y los fondos que no pudiesen ser utilizados por el cliente por tratarse de fondos de reserva o de garantía constituidos en virtud de las exigencias previstas en contratos de endeudamiento con el exterior o de fondos constituidos como garantía de operaciones con derivados concertadas en el exterior.

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Tampoco entran dentro de esta calificación los saldos que se originan en cobros de exportaciones de bienes y/o servicios para los cuales no ha transcurrido el plazo de 5 días hábiles desde su percepción.

En el caso de los importadores de fertilizantes e insumos medicinales (medicamentos terminados e insumos para su elaboración) podrán acceder al MULC sin requerir autorización previa para el pago de obligaciones correspondientes a las importaciones futuras que realicen.

Finalmente, se determinó que se considerará a partir del 1 de mayo de 2020 los 90 días corridos anteriores sin realizar en el país ventas de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior.

Adicionalmente, el BCRA había establecido un proceso específico para que las empresas pudieran acceder al mercado cambiario, a través de un formulario que debían presentar los bancos con los que operan dichas empresas.

En ese proceso, las empresas tendrán que completar el formulario de “Solicitud de conformidad previa por pagos de importaciones de bienes”, que deberá estar firmado por el “responsable del área de exterior” de la empresa. Este documento deberá ser presentado ante el organismo de forma presencial o digital, a través de la entidad con la que trabajan para cursar sus operaciones de cambios.

A su vez, los importadores deben declarar si los pagos en el mercado de cambios de 2020 superan los despachos en 2020, si hay pendientes financiaciones en pesos por el plan de créditos al 24% lanzados para mitigar los efectos de la pandemia, si en los últimos 90 días la empresa realizó operaciones con el dólar contado con liquidación y si tiene “activos externos líquidos disponibles en el exterior”.

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