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La ANMAT prohibió la venta de una leche de coco y dos aceites de oliva

Redacción TN by Redacción TN
4 marzo, 2020
in Salud
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y un aceite de oliva

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este miércoles 4 de marzo la comercialización en todo el territorio nacional de una leche de coco y dos aceites de oliva. La decisión se tomó porque los productos están “falsamente rotulados”.

El organismo prohibió la comercialización en todo el territorio nacional del producto: “Menina por 200 ml – Nao contem gluten – produzido por Ducoco Alimentos S/A, Industria Brasileira”, ya que la leche de coco carece de registros de producto y establecimiento y se encuentra falsamente rotulada.

Ante esto, y mediante la disposición 1015/2020, la ANMAT estableció que la leche de coco en cuestión no puede ser identificada “en forma fehaciente y clara” como producida, elaborada y/o fraccionada en un establecimiento determinado y es por ello que el producto no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado, ni expendido en el territorio de la República Argentina.

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“El producto no se encuentra registrado en la base de datos del Sistema de Información Federal para la Gestión de Alimentos (SIFeGA) y, por lo cual, al no consignar en su rótulo el registro de importador, no es posible verificar el ingreso al país”, detallaron en el texto.

Asimismo, desde la entidad también prohibieron la comercialización de dos aceites de oliva: el de la Línea Gourmet de la Estancia Los Nobles (Maipú-Mendoza, RNE N° 13005549, RNPA N° 025/13039649, elaborado y envasado por Agrovit Rural S.A.) y el aceite de oliva extra virgen de la marca Montecristo (RNPA Nº 230207783, RNE Nº 23002857), respectivamente.

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Según argumentaron en las disposiciones 1016/2020 y 1017/2020, en ambos casos la decisión se tomó con el propósito de “proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales”, ya que están falsamente rotulados.

En ese sentido, la entidad explicó que siempre se sugiere prohibir la comercialización “toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad”.

F.D.S./F.F.

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