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El artículo de la Constitución que condiciona a Alberto Fernández para hablar de “presos políticos”

Redacción TN by Redacción TN
12 febrero, 2020
in Politica
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Aunque uno descuenta una tarea desgastante y full time, la Constitución nacional limita el accionar del presidente de la Nación. Le da sólo 20 atribuciones. Y una de ellas, la

quinta, casi no la utilizan. Es justamente la que condiciona ahora a Alberto Fernández a hablar de “presos políticos”. En medio del debate y una fortísima presión interna para incluir a ex funcionarios y dirigentes ultra K en esa categoría, el mandatario volvió a plantarse e hizo público su enojo por la discusión.

“Me molesta que digan que tengo presos políticos porque no los tengo”, sintetizó Fernández en una entrevista radial y mandó un mensaje: “Hay que decirles a los compañeros que no seamos tontos, pensamos exactamente igual”.

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El Presidente y los ministros que se alinean con su postura, hablan de una diferencia “semántica”. Un tema de lenguaje. ¿Qué quieren decir? Que coinciden con los kirchneristas que usan la definición de “presos políticos” -como los ministros Eduardo “Wado” de Pedro y Elizabeth Gómez Alcorta– en un punto central: sus detenciones sería injustas y arbitrarias, y se vincularían al sector en el que militan.

¿Por qué Fernández evita entonces usar esa definición? Lo aclaró él mismo: “El tema semántico no es menor porque el preso político técnicamente es el que está a disposición del Poder Ejecutivo“. Y de ser así, sería el Presidente el encargado de resolver su situación. Ahí es donde aparece una de las atribuciones del Presidente. En el capítulo 3, artículo 99, punto 5.

El jefe de Estado “puede indultar o conmutar las penas por delitos sujetos a la jurisdicción federal, previo informe del tribunal correspondiente, excepto en los casos de acusación por la Cámara de Diputados”.

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Así, de considerar por ejemplo que Julio de Vido o Amado Boudou, como argumentan ellos mismos, sus abogados defensores y sus seguidores, están presos por su filiación política y no por los delitos de corrupción por los que fueron condenados por la Justicia, el Presidente podría indultarlos o reducir el castigo y propiciar su liberación.  

Pero ese fantasma, el de un indulto a los kirchneristas acusados por corrupción, fue justamente lo primero que buscó espantar Fernández cuando Cristina Kirchner lo nominó como candidato a Presidente. No había pasado una semana de esa sorpresiva decisión, cuando el ex jefe de Gabinete prometió no dar ningún indulto.

“El que piensa que voy a llegar a la Casa Rosada para dar un indulto es un estúpido, yo descreo del indulto. Los presidentes no están para perdonar a nadie. Si me toca ser presidente, yo me voy a ocupar de que el primero que tenga un desliz se haga cargo de lo que hace. Para atrás es un tema judicial. Y espero que la Justicia lo resuelva”, prometió.

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El flamante candidato buscaba entonces cortar una polémica que, en cuestión de horas había generado un cruce macristas y K.

“¿Cristina estará buscando el indulto? Por eso pone a otro de Presidente, ya que ella no podría autoindultarse. Tiene un problema: los argentinos no somos tontos y mayoritariamente no queremos volver al pasado. En las urnas frenaremos esta maniobra. NO habrá IMPUNIDAD”, tuiteaba el mismo día de la nominación el jefe del interbloque de diputados de Juntos por el Cambio, Mario Negri.

Salía a cruzar en la misma red social el siempre atento Aníbal Fernández: “NO SE ES NECESARIO DECIR PELOTUDECES. Debería leer la Constitución Nacional. El Artículo 36 prohíbe el indulto a los acusados de delitos de corrupción. Aunque Cristina no tiene mácula, de eso la acusan. Burro”.

Más allá del debate leguleyo, Albero Fernández decidió cortar la polémica por esos presuntos “presos políticos”. En campaña de algún modo lo logró. Ya en gestión se reavivó.

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