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Jubilados: un “empalme” que podría reducir los aumentos que ya corresponden

Redacción TN by Redacción TN
17 diciembre, 2019
in Economia
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El proyecto de ley enviado al Congreso repite el “pecado original” de la reforma que impulsó Mauricio Macri en diciembre de 2017: modificar la movilidad cuando los jubilados y pensionados y

demás prestaciones sociales ya tienen el derecho adquirido a recibir un aumento del 11,56% en marzo – que corresponde a la suba de la inflación y de los salarios del tercer trimestre de 2019– y otro de entre 14 y 15% en junio, por el período octubre-diciembre de este año.

El proyecto suspende esos aumentos que serán reemplazados por incrementos por decreto que no serán uniformes sino que atenderán “prioritariamente a los sectores de más bajos ingresos”, según el texto oficial.

En ningún artículo el proyecto señala que los aumentos por decreto no pueden ser inferiores al 27/28% devengados durante el segundo semestre por la fórmula de movilidad que quedaría suspendida. Tampoco dice que esos aumentos por decreto no pueden ser inferiores a la inflación para que las jubilaciones y pensiones no pierdan poder adquisitivo. Esas garantías deberían incorporarse al proyecto de ley para evitar que se den aumentos generales o por rango de haberes inferiores a la criticada fórmula de movilidad o a la suba de los precios.

 Así, de no modificarse,  el texto deja abierta la puerta para que se otorguen aumentos diferenciados y más bajos, lo que achataría la pirámide previsional y abriría además las puertas a reclamos judiciales. Eso pasó entre 2002 y 2006 cuando se otorgaron aumentos diferenciados y dio lugar al fallo Badaro. 

Eugenio Semino, Defensor de la Tercera Edad, le dijo a Clarín que “debe contemplarse claramente que durante los 180 días de suspensión de la movilidad, todos los jubilados y pensiones deben recibir porcentajes de reajustes superiores a los que les garantizaba la ley suspendida. De no respetarse esta medida, nos encontraríamos en un escenario muy similar al que se generó en 2017 con el “factor empalme”. Además, agregó Semino, “ debe respetarse los criterios de proporcionalidad y equidad para evitar la litigiosidad del sistema”.

Dos años atrás, en diciembre de 2017,  Mauricio Macri hizo un “empalme” entre la fórmula anterior y la nueva por la que redujo en más de 8 puntos los haberes jubilatorios. En lugar del 14,5% que correspondía al devengado julio-diciembre de 2017, en marzo otorgó un 5,71% – correspondiente al indice de movilidad de julio a septiembre.

Así, “aprovechó” el cambio de movilidad para bajar de arranque las jubilaciones y pensiones. Tanto la Sala III de la Cámara de la Seguridad Social, en la causa Fernández Pastor Miguel c/ ANSeS, como el Procurador Fiscal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Víctor Abramovich, dictaminaron que fue  inconstitucional la aplicación retroactiva de la ley de movilidad, sancionada a fines de diciembre de 2017 y ordenaron pagar la diferencia.

Otro tema no menor y muy criticado durante la gestión de Mauricio Macri es que los aumentos de la fórmula tienen un retraso de 6 meses lo que en épocas de inflación creciente perjudica a los beneficiarios del sistema. Así es que los jubilaciones y prestaciones sociales están hoy un 20% por debajo del valor que tenían en septiembre de 2017.

Para remediar este perjuicio el primer aumento trimestral –el de marzo- debería aplicarse por el devengado del tercer y cuarto trimestre. Por esa vía  se recuperaría parte de la pérdida inicial de la anterior fórmula.

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