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Bienes Personales: cuando el temor pudo más que el bolsillo

Redacción TN by Redacción TN
24 noviembre, 2019
in Economia
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Ahora que se acerca fin de año, hay un dato clave que deben tener en cuenta los que retiraron sus pesos o dólares del sistema financiero y los mantienen atesorados: el

impuesto a los bienes personales. La explicación es sencilla: esos fondos, al no estar depositados en los bancos, están alcanzados por ese impuesto.

Es sabido que la salida de depósitos fue récord. A partir de las PASO hasta fin de octubre, hubo una extraordinaria salida de depósitos en moneda extranjera a tal punto que “resultó ser uno de los más agudos en relación a la experiencia de años anteriores”, reconoció en un último Informe el Banco Central.

En agosto se fueron 5.523 millones. En septiembre otros 5.261 millones. Y en octubre 2.274 millones de dólares. En menos de 3 meses, los depósitos en los bancos pasaron de más de 32.000 millones de dólares a menos de 19.000 millones, una caída del 40%. Tras el refuerzo del cepo, se cortó la racha pero los dólares siguen bajo el colchón o en cajas de seguridad o en cuentas en el exterior.

El tributarista César Litvin, de Lisicki, Litvin y Asociados, explicó que “los contribuyentes que durante el año tenían depósitos a plazo fijo o caja de ahorro en pesos o dólares en el país, y con la incertidumbre económica retiraron de las instituciones financieras ese dinero, deben considerar que a los efectos del impuesto sobre los bienes personales la tenencia de efectivo en el colchón o en cajas de seguridad están alcanzadas por el impuesto”.

Este impuesto mide la fotografía de los bienes al 31 de diciembre de cada año, con alícuotas progresivas que van desde el 0,25 hasta el 0,75% sobre el valor de los activos. El mínimo no imponible es de $2.000.000.

El especialista Marcelo Rodríguez, de MR Consultores, dice que “más allá de las implicancias del retiro de depósitos sobre la economía real, resulta oportuno evaluar las consecuencias fiscales que traerá sobre los contribuyentes en el impuesto sobre los Bienes Personales”.

Así, una persona que hubiera retirado una suma de dólares y tomando un tipo de cambio de $65 al 31/12/2019, y el 5% de presunción sobre los bienes del hogar, el impuesto a ingresar sería el reflejado en la infografía.

Impuesto sobre los bienes personales

“Una alternativa que podría decidir el contribuyente sería la adquisición de un inmueble con los dólares que ha retirado. Si al presentar su declaración jurada del impuesto declara que el citado inmueble lo tiene afectado como casa habitación, el mismo quedará exento del gravamen siempre que su valuación sea igual o inferior a $18.000.000”, explica Rodríguez.

Litvin señaló que “ los depósitos a plazo fijo o en caja de ahorro están exentos del impuesto, con lo cual la decisión es compleja. Quedarse con el dinero en efectivo para ganar en tranquilidad, recordando historias nefastas (pesificacion de dólares) pagando el impuesto, o bien volver al sistema financiero depositando el dinero en los bancos antes del 31 de diciembre para tener exento ese capital a costa de las inquietudes emocionales”.

Sin embargo, dice Litvin, los que quieran depositarlo el último día hábil del año y retirarlo el primer día hábil del año siguientes deben considerar la posibilidad que la AFIP aplique la presunción del artículo 30 del decreto reglamentario de la ley que establece la facultad a la administración tributaria de determinar que las variaciones patrimoniales que hicieran presumir un propósito de evasión, se proporcionen en función del tiempo, con lo cual el ahorro de impuesto pierde valor. Dicha presunción admite prueba en contrario.

En este sentido, Rodriguez explica que la norma “establece que cuando las variaciones operadas durante el año calendario en los bienes sujetos al gravamen, hicieran presumir un propósito de evasión del tributo, la AFIP podrá obligar a los contribuyentes a rectificar la declaración jurada a fin de que sean incorporadas las sumas en cuestión”.

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