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¿Vuelven los embargos por la deuda?: La Corte española permite que un acreedor pueda confiscar bienes argentinos

Redacción TN by Redacción TN
18 octubre, 2019
in Economia
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Volvieron los controles cambiarios. Volvió el “default selectivo”. Y ahora, parece que también vuelven los pedidos de embargo a la Argentina en el mundo de parte de acreedores, un tema durante

el gobierno de Cristina Kirchner. 

La Corte Suprema de Justicia española acaba de fallar a favor de un ciudadano alemán que reclama el embargo de bienes de la Argentina en España a causa de la deuda impaga del país. El particular fue a la Justicia para reclamar 184.271 euros, pero la sentencia abre la puerta a que otros inversores busquen cobrar por la misma vía, según publica el diario español Cinco Días y confirmó el Gobierno argentino. Son 139.803 euros de capital, más 44.468 de intereses, además del pago de las costas.

Los bonos impagos fueron emitidos en 1996 y 1997 y entraron en default en diciembre de 2001. El pequeño inversor entonces fue a la Justicia alemana en 2011 y obtuvo una sentencia favorable de un tribunal regional de Fráncfort que estableció que Argentina tenía que devolver el dinero.

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Para cobrar recurrió a la Justicia española y consiguió un fallo a favor en primera instancia que el Gobierno apeló. Argentina consiguió que la Audiencia Provincial de Madrid revocase la decisión de primera instancia pero, finalmente, la Corte se inclinó por el inversor. 

El Ministerio de Hacienda ya está en contacto con los abogados del particular para que acepte un acuerdo. Además, el Gobierno solicitó una aclaración de sentencia a la Corte. Una vez que se concrete, el fallo quedaría firme.

Además de la renegociación de la deuda que hizo el gobierno de Néstor Kirchner en 2005, luego se reabrió el canje para lograr sumar a quienes aún no habían entrado. Sin embargo, hubo fondos que decidieron recurrir a la vía judicial y Argentina perdió esa instancia en Nueva York. Por eso, cuando asumió Mauricio Macri volvieron las negociaciones con los acreedores y se terminaron de cancelar otra parte importante de la deuda. Sin embargo, quedan -como en el caso del inversor alemán- casos sin resolver.

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Los activos argentinos ligados a la diplomacia, como embajadas, no pueden ser embargados por las normas de la Convención de Viena. Sin embargo, Cinco Días dice que en su fallo la Corte española recuerda que este principio tiene excepciones, como es el caso de aquellos bienes “utilizados específicamente para fines distintos de los fines oficiales no comerciales”. 

“De acuerdo con fuentes judiciales, en este caso se había identificado la posibilidad de embargar los activos que tiene en España el Banco de la Nación Argentina, de titularidad pública. Esta entidad dispone de una sucursal de atención al público en el barrio de Salamanca de Madrid, una de las zonas más caras de la capital española”, agrega el diario.

NE

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