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Ordenan reincorporar al Estado a la hija del exministro de Transporte K Ricardo Jaime, investigada por corrupción

Redacción TN by Redacción TN
15 octubre, 2019
in Politica
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La Justicia Federal de Córdoba ordenó reincorporar a Julieta Jaime, hija del condenado ex ministro de Transporte durante la gestión kirchnerista, Ricardo Jaime, a su puesto en la Administración

Nacional de Aviación Civil (Anac), del que había sido suspendida desde hacía 3 años, cuando fue procesada como partícipe necesaria en la causa de enriquecimiento ilícito que tiene a su padre como acusado principal.

La decisión la tomó el juez federal N° 3 de Córdoba, Miguel Hugo Vaca Narvaja. El juez federal Sebastián Casanello la había procesado en mayo de 2016 como partícipe primaria del delito y la había embargado por $500.000. Según el magistrado, la hija de Jaime participó de la compra de una moto de agua y de una casa en Villa Carlos Paz cuando su padre era secretario de Transporte.

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Casanello consideró que esos bienes integran el patrimonio oculto del exfuncionario, y como el procesamiento no estaba firme porque había sido apelado, Vaca Narvaja hizo lugar a una presentación de Julieta Jaime.

Ahora, Vaca Narvaja ordenó su reincorporación en un plazo de 48 horas desde que su decisión quede firme, aunque Anac puede apelar.

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“Me encuentro sufriendo un daño grave actual y permanente que se ha prolongado desde el 1º de septiembre de 2016, que si bien se ha extendido en el tiempo, no me vi en la necesidad de impetrar el reclamo con anterioridad debido a que podía continuar cubriendo mis necesidades básicas, atento a que vivía de los ahorros que había generado mientras se mantuvo mi trabajo en Anac, circunstancia que ha variado a la fecha debido a que mi falta de ingresos me genera ya no poder afrontar dichas necesidades, sumado a que ahora debo mantener a mi hijo, ya que he sido mamá”, escribió en su presentación ante la Justicia.

Vaca Narvaja sostuvo en su resolución que un proceso penal vigente hace más de tres años, aún en trámite, ” concluye desnaturalizándose en sus fines, transformándose en una pena anticipada, que confronta con el orden constitucional y vulnera gravemente la presunción de inocencia”.

“Debemos recordar que el principio de inocencia se encuentra implícito en el artículo 18 de la Constitución Nacional: ‘Ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo”, argumenta.

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