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La ANMAT prohibió la comercialización de una leche en polvo y un endulzante

Redacción TN by Redacción TN
17 septiembre, 2019
in Sociedad
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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este martes la comercialización de dos productos alimenticios: una leche entera en polvo marca “Alimentos Fundación Favaloro” y un endulzante

de mesa libre de gluten apto para cocinar marca “Jual Stevia”. 

En la disposición 7456/2019 el organismo explicó que se prohibió la comercialización de la leche entera en polvo fortificada con Vitamina A y D, libre de gluten de 180 gramos, Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) 21-112511, marca “Alimentos Fundación Favaloro”.

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Esta leche, elaborada por la Sociedad Cooperativa de Tamberos de la Zona de Rosario Limitada en el Registro Nacional de Establecimientos (RNE) 21-005144, “se prohibirá a raíz de que la Agencia Santafecina de Seguridad Alimentaria (ASSAI) alertó que este producto no cumplía la normativa alimentaria vigente”.

Prohíben la venta de leche en polvo by Clarin.com on Scribd

Según argumentaron en el documento, se corroboró que “si bien el RNPA es existente y corresponde al RNE referido como una elaboración para Expoconsumo SRL, el producto se encontraba dado de baja desde el 19 de abril de este año“.

Luego, explicaron que la empresa Sociedad Cooperativa de Tambos de la Zona de Rosario, señalada en el rótulo como encargada de elaborar el producto, no lo produce desde febrero de 2018, y que no mantiene relación comercial con la firma Expoconsumos SRL. Y agregaron que la codificación del lote señalado no se corresponde a uno utilizado en ese establecimiento.

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La ANMAT constató que este alimento lácteo carecía de autorización y estaba falsamente rotulado, por lo que tomó la determinación de emitir las alertas correspondientes hasta su prohibición.

Por otra parte, mediante la disposición 7457/2019 se anunció la prohibición del “endulzante de mesa apto para cocinar, libre de gluten, marca ‘Jual Stevia’, RNPA Expte. N° 4119-007527/18, Elaborado por Botánica SA, comercializado por Natural y Orgánico SRL – RNE N° 02-031766″, por no cumplir la normativa alimentaria vigente.

Prohíben la comercialización de un endulzante by Clarin.com on Scribd

Las autoridades verificaron que el establecimiento carecía de autorización para elaborar alimentos libres de gluten, gracias a una evaluación llevada a cabo por la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de Córdoba. Por lo que resulta, según establece la disposición 7457/2019,”un alimento ilegal”.

JPE

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